Para recordar el que sería el cuarto aniversario de vida de Camila Fuentes Cervera, sus padres, amigos y familiares se reunieron en el lugar donde ahora descansa.
Publicado el 17 agosto 2010 by admin
Para recordar el que sería el cuarto aniversario de vida de Camila Fuentes Cervera, sus padres, amigos y familiares se reunieron en el lugar donde ahora descansa.
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Publicado el 11 agosto 2010 by admin
El titular de Contraloría en Sonora, Carlos Tapia Astiazarán, informó que en los meses de Octubre y Noviembre de este año, podrían presentarse las primeras acciones de fincar responsabilidades a funcionarios y exfuncionarios que estén relacionados con el caso de la Guardería ABC.
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Publicado el 22 julio 2010 by admin
El pasado 20 de julio el presidente de la República Felipe Calderón Hinojosa mantuvó una reunión con padres afectados por el incendio que se provocó el pasado 05 de junio de 2009 en una bodega de la Secretaría de Hacienda y pasó a la Guardería ABC el cual ocasionó la muerte de 49 niños y niñas y lesiones en más de 70.
Si desea ver el video completo puede visitar http://www.movimiento5dejunio.org/abc/2010/07/21/video-de-la-reunion-con-fch-en-hermosillo-sonora/
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Publicado el 20 julio 2010 by admin
Padres de familia de los niños afectados, fallecidos y expuestos en el incendio de la Guarderia ABC tuvieron reacciones opuestas al ofrecimiento del Presidente de la República Felipe Calderón Hinojosa de dar becas y pensiones vitalicias.
Publicado el 20 julio 2010 by miriam
Hoy entra en vigor el decreto donde se señala que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público proveerá al IMSS de los recursos necesarios, para otorgar ayuda extraordinaria a los afectados por el incendio en la guardería ABC, de Hermosisllo, Sonora, en el transcurso de los siguientes 15 días.
El decreto emitido por el presidente Felipe Calderón establece que se dotará al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) de los recursos presupuestarios suficientes, para otorgar dichos apoyos a las personas que resultaron afectadas por el incendio de la guardería.
En el documento se especifica que se dará apoyo a los menores de edad, maestras y adultos que resultaron lesionados en el incidente ocurrido el 5 de junio de 2009, así como a las madres de los niños fallecidos.
También se les brindará a los padres de familia ayuda para la educación de los menores en los niveles de primaria, secundaria, media superior y superior, en cualquier institución pública o privada del país.
Además, se otorgará apoyo vitalicio por solidaridad a las madres de los infantes que murieron y los que resultaron con lesiones en el incendio, así como a las maestras y otros adultos.
El decreto establece que se otorgará un apoyo para la atención médica vitalicia de los padres de los menores fallecidos y lesionados por quemaduras, a través del Seguro de Salud para la Familia, en caso de que dejen de ser sujetos de aseguramiento en el Régimen Obligatorio del Seguro Social.
En tanto, los niños y adultos lesionados recibirán una ayuda para el pago del consumo de energía eléctrica que se genere en el domicilio donde residan, durante el tiempo que por prescripción médica requieran del uso de equipos para el cuidado de su salud.
Finalmente se informa que si un menor presenta secuelas en cualquier etapa de su desarrollo, por haber inhalado humo o tóxicos provocados por el incendio previo dictamen médico, también tendrá todos los apoyos mencionados en el documento.
Notimex.
Publicado el 09 julio 2010 by miriam
Lourdes Encinas.
El Gobierno de Sonora respondió al requirimiento del Juzgado Octavo de lo Penal para garantizar la fianza de los siete ex empleados de la Secretaría de Hacienda estatal que están sujetos a proceso en el caso de la guardería ABC, por lo que estos permanecerán en libertad provisional.
Este viernes, en la lista de acuerdos del Juzgado Décimo de Distrito de Sonora, se publicó bajo el expediente 711/2010 que se sobreseyó el jucio de amparo promovido por Ignacio Aduenda Salazar y otros (los ex empleados) contra la resolución del Juzgado Octavo, por lo que permanecerán bajo libertad bajo caución.
Por fuentes relacionadas al caso se tuvo conocimiento que el Gobierno de Sonora puso en garantía un terreno ubicado en Miramar, en el municipio de Guaymas, para garantizar esa fianza.
El pasado 10 de junio, el abogado Gabriel Alvarado, representante del grupo de padres “Manos Unidas Por Nuestros Niños”, informó en rueda de prensa, que el juez estaba requiriendo al Gobierno de Sonora y a los ex empleados estatales en relación al fideicomiso creado en el sexenio anterior para la reparación del daño y que fue garantía para que pudieran salir bajo fianza, cuyo monto fue de 20 mil pesos.
Sin embargo, aunque legalmente se constituyó el fideicomiso, la cuenta se aperturó con un peso, es decir, nunca tuvo fondos, según explicó. De tal manera que el juez fijó un plazo de diez días hábiles para que se cubriera el monto de la fianza o se emitirían órdenes de reaprehensión, lo que ya no ocurrirá debido a la nueva garantía.
Los siete ahora ex empleados de la Secretaría de Hacienda de Sonora que fueron aprehendidos el 22 de junio de 2009. por los delitos de lesiones y homicido culposos en relación al incendio de la estancia infantil, son:
Manuel Gaxiola Santacruz, Francisco Arturo Bracamontes Córdova, Juan Parra Valenzuela, Ignacio Aduenda Salazar, Álvaro Pacheco Ferral, Jorge Antonio Lavandera Peñúñuri y Arturo Torres Escalante.
El 5 de junio de 2009 un incendio iniciado en una bodega de la Secretaría de Hacienda de Sonora, que se propagó a la contigua guardería ABC, subrogada del IMSS, causó la muerte de 49 niños y lesiones a más de 75.
Publicado el 05 julio 2010 by lojesa
Los rostros de los 49 niños fallecidos en el incendio de la guardería ABC, por los que la exigencia de justicia sigue viva.
Publicado el 25 junio 2010 by lojesa
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) dio a conocer los apoyos y ayudas financieras que se otorgarán a los menores, adultos y padres de familia afectados por el incendio ocurrido el 5 de junio de 2009 en la guardería ABC.
El acuerdo, publicado este viernes en el Diario Oficial de la Federación, detalla que se pagarán los gastos derivados de la atención médica, quirúrgica, hospitalaria y farmacéutica en forma vitalicia a quienes resultaron con lesiones y secuelas, así como los erogados y funerarios a los padres de los menores muertos.
También los costos asociados a los traslados para su atención médica a otros centros hospitalarios en el país o en Estados Unidos y los concernientes al transporte, hospedaje y alimentación de dos acompañantes.
Además de apoyo psicológico a los familiares que lo requieran y el importe equivalente a la cuota mensual que pague el IMSS por menor atendido en las guarderías contratadas para prestar ese servicio, cuando los padres de los menores no puedan cuidarlos directamente y no puedan asistir a una guardería.
Los beneficiarios serán los padres de los menores fallecidos, así como los niños y adultos derechohabientes lesionados por quemaduras y los que tienen secuela permanente por inhalación de humo.
Además, los menores que asistieron a la guardería ABC en esa fecha y no resultaron lesionados por quemaduras, con probabilidad de haber inhalado humo tóxico sin que a la fecha se les haya diagnosticado consecuencias permanentes.
BENEFICIARIOS: Padres de menores fallecidos.
APOYOS Y AYUDAS:
a) Los costos de las erogaciones derivadas de la atención médica, quirúrgica, hospitalaria y farmacéutica otorgada en su momento a los menores, así como de los auxiliares de diagnóstico;
b) El costo de los gastos funerarios respectivos;
c) El importe por concepto de ayuda por solidaridad, que se determine por el Instituto;
d) Los costos asociados a los traslados del menor referido para su atención médica a otros centros médicos en el país o en los Estados Unidos de América, así como de dos acompañantes, en lo concerniente a traslado, hospedaje y alimentación; y
e) Apoyo Psicológico a sus familiares que lo requieran.
BENEFICIARIOS: Menores lesionados por quemaduras.
APOYOS Y AYUDAS:
a) Los costos de las erogaciones derivadas de la atención médica, quirúrgica, hospitalaria, farmacéutica, psicológica y de rehabilitación, en su caso, que sea necesaria, incluyendo aquellas de carácter neumológico y cardiológico, proporcionadas en unidades ajenas al Instituto Mexicano del Seguro Social;
b) La atención médica, quirúrgica, hospitalaria, psicológica, farmacéutica y de rehabilitación necesaria, que se otorgará de forma vitalicia;
c) El costo de los auxiliares de diagnóstico que sean necesarios para verificar el estado de salud de los menores y de las posibles secuelas que con motivo de dicho acontecimiento pudiesen presentar;
d) El importe por concepto de ayuda por solidaridad, que se determine por el Instituto de acuerdo al dictamen que en cada caso emita la Dirección de Prestaciones Médicas;
e) Los costos asociados a los traslados del menor que sea referido para su atención médica a otros
centros médicos en el país o en los Estados Unidos de América, así como de dos acompañantes, en lo concerniente a traslado, hospedaje y alimentación;
f) El importe equivalente a la cuota mensual autorizada que pague el Instituto por menor atendido en las guarderías contratadas para prestar ese servicio, el cual será cubierto como parte de la ayuda por equidad, cuando los padres de los menores no puedan cuidarlos directamente y éstos, por prescripción médica no puedan asistir a una guardería, dentro del límite de edad establecido para dicho servicio en la Ley del Seguro Social;
g) Los gastos, que como parte de la ayuda por equidad, sea necesario erogar para la debida atención de la salud de los menores durante el periodo en que por prescripción médica lo requieran; y
h) Apoyo psicológico a los familiares de los menores lesionados que lo requieran.
BENEFICIARIOS: Menores que no sufrieron lesiones por quemaduras, pero que inhalaron el humo y tóxicos producidos por el incendio, con diagnóstico de una secuela permanente por ese motivo.
APOYOS Y AYUDAS:
a) Los costos de las erogaciones derivadas de la atención médica, quirúrgica, hospitalaria, farmacéutica, psicológica y de rehabilitación, en su caso, que sea necesaria, incluyendo aquellas de carácter neumológico y cardiológico;
b) La atención médica, quirúrgica, hospitalaria, psicológica, farmacéutica y de rehabilitación necesaria, que se otorgará de forma vitalicia, previo dictamen médico del Instituto;
c) El costo de los auxiliares de diagnóstico que sean necesarios para verificar el estado de salud de los menores y de las posibles secuelas que con motivo de dicho acontecimiento pudiesen presentar;
d) El importe por concepto de ayuda por solidaridad, que se determine por el Instituto de acuerdo al dictamen que en cada caso emita la Dirección de Prestaciones Médicas, cuando se confirme y documente por parte del Instituto, la presencia de secuelas permanentes derivadas de ese evento;
e) Los costos asociados a los traslados del menor que sea referido para su atención médica a otros centros médicos en el país o en los Estados Unidos de América, así como de dos acompañantes, en lo concerniente a traslado, hospedaje y alimentación;
f) El importe equivalente a la cuota mensual autorizada que pague el Instituto por menor atendido en las guarderías contratadas para prestar ese servicio, el cual será cubierto como parte de la ayuda por equidad, cuando los padres de los menores no puedan cuidarlos directamente y éstos, por prescripción médica no puedan asistir a una guardería, dentro del límite de edad establecido para dicho servicio en la Ley del Seguro Social; y
g) Los gastos, que como parte de la ayuda por equidad, sea necesario realizar para la debida atención de la salud de los menores durante el periodo en que por prescripción médica lo requieran.
BENEFICIARIOS: Menores que asistieron a la Guardería ABC el día 5 de junio de 2009, sin haber sido lesionados por quemaduras, con probabilidad de haber inhalado humo y tóxicos producidos por el incendio, sin que a la fecha se les haya diagnosticado una secuela permanente por ese motivo.
APOYOS Y AYUDAS:
a) Los costos de las erogaciones derivadas de la atención médica, quirúrgica, hospitalaria, farmacéutica, psicológica y de rehabilitación, en su caso, que sea necesaria, incluyendo aquellas de carácter neumológico y cardiológico;
b) El costo de los auxiliares de diagnóstico que sean necesarios para verificar el estado de salud de los menores y de las posibles secuelas que con motivo de dicho acontecimiento pudiesen presentar;
c) El importe equivalente a la cuota mensual autorizada que pague el Instituto por menor atendido en las guarderías contratadas para prestar ese servicio, el cual será cubierto como parte de la ayuda por equidad, cuando los padres de los menores no puedan cuidarlos directamente y éstos, por prescripción médica, no puedan asistir a una guardería, dentro del límite de edad establecido para dicho servicio en la Ley del Seguro Social; y
d) Los gastos, que como parte de la ayuda por equidad, sea necesario erogar para la debida atención de la salud de los menores durante el periodo en que por prescripción médica lo requieran.
BENEFICIARIOS: Adultos derechohabientes, lesionados por quemaduras o que no sufrieron lesiones por quemaduras pero que inhalaron el humo y tóxicos producidos por dicho incendio.
APOYOS Y AYUDAS:
a) Los costos de las erogaciones derivadas de la atención médica, quirúrgica, hospitalaria, farmacéutica, psicológica y de rehabilitación, en su caso, que sea necesaria, incluyendo aquellas de carácter neumológico y cardiológico;
b) El costo de los auxiliares de diagnóstico que sean necesarios para verificar su estado de salud y de las posibles secuelas que con motivo de dicho acontecimiento pudiesen presentar;
c) Previo dictamen médico del Instituto, se proporcione en forma vitalicia la atención médica, quirúrgica, hospitalaria, farmacéutica, psicológica y de rehabilitación necesaria;
d) Los costos asociados a los traslados del adulto que sea referido para su atención médica a otros centros médicos en el país o en los Estados Unidos de América, y de dos acompañantes, en lo concerniente a su traslado, hospedaje y alimentación;
e) La atención médica, quirúrgica, hospitalaria, psicológica, farmacéutica y de rehabilitación necesaria, que se otorgará de forma vitalicia, previo dictamen médico del Instituto en que se diagnostique una secuela permanente;
f) El importe por concepto de ayuda por solidaridad, que se determine considerando lo dispuesto en el Código Civil Federal y la Ley Federal del Trabajo, de acuerdo al dictamen que en cada caso emita la Dirección de Prestaciones Médicas, cuando se confirme y documente por parte del Instituto la presencia de secuelas derivadas de ese evento; y
g) Los gastos, que como parte de la ayuda por equidad, sea necesario erogar para la debida atención de los adultos lesionados durante el periodo en que por prescripción médica lo requieran.
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Publicado el 24 junio 2010 by lojesa
A raíz del incendio de la Guardería ABC, el 5 de junio de 2009 en Hermosillo, ha circulado sin descanso un correo electrónico pidiendo ayuda para una pequeña de nombre Ana Sophia Montero, con imágenes crudas de la infante, mismo que es falso.
Desde octubre de 2009, Julio César Márquez -uno de los voceros del Movimiento Ciudadano por la Justicia 5 de Junio-aclaró que la pequeña a quien se refiere el correo electrónico no está registrada en las listas de niños que asistían a la Guardería ABC.
Aclaran que las actividades para recaudación de fondos para apoyar a los afectados directos siempre serán promovidas personalmente por madres y padres de los pequeños afectados, sea cual sea la agrupación a la que pertenezcan; no a través de terceros.
Piden a quienes hayan recibido -o reciban en un futuro- el correo electrónico en el que la supuesta hermana de Ana Sophia Montero pide su cooperación económica que no lo difundan, que no continúen con esa cadena de personas que quieren sacar provecho a partir de la tragedia que arrebató la vida de 49 infantes y dejó lesionados a un centenar.
Los integrantes del Movimiento Ciudadano por la Justicia 5 de Junio precisan que cualquier información sobre sus actividades será publicada en este sitio web www.movimiento5dejunio.org, se difundirá a través de la dirección de correo electrónico contacto@movimiento5dejunio.org y/o se dará a conocer a través de los medios de comunicación de boca de alguno de los voceros de la agrupación: Patricia Duarte Franco, José Francisco García Quintana o Julio César Márquez Ortiz.
Incluso, en el siguiente link se da cuenta de cómo desde 2005 circula ese correo, atribuyéndole a la niña diversas causas de su estado http://pitxichusoyelpelao.blogspot.com/2007/12/hoax-hospital-italiano-de-san-martin.html
Publicado el 23 junio 2010 by lojesa
México, D. F.-”Por supuesto que votaremos a favor de iniciar un juicio político a Juan Molinar Horcasitas por el caso ABC, es el único responsable, es quien era cabeza de sector cuando se aprobó la concesión de la guardería ABC, con las lamentables consecuencias que todos sabemos”, manifestó el Coordinador de los diputados sonorenses del PRI, José Luis Marcos León Perea.
Lo anterior , después del acuerdo que promovió el Grupo Parlamentario del PRI en San Lázaro, a través de la Junta de Coordinación Política y logró la firma a favor de todos los partidos políticos representados en la Cámara de Diputados.
El documento de la Junta de Coordinación expone la necesidad de iniciar un juicio político en contra Molinar Horcasitas, quien era titular del IMSS cuando se firmó la renovación del contrato de la guardería, “el juicio político para separar al funcionario público de su cargo se impone cuando se presume y fundamenta que un servidor público ha cometido violación grave de garantías individuales”.
La Junta de Coordinación Política “ha considerado indispensable que la Cámara pueda explorar los procedimientos para iniciar juicio político contra el titular de Comunicaciones y Transportes por no haber conducido su desempeño público con apego a los principios arriba señalados y, por tanto, han decidido desarrollar todas las facilidades institucionales para que los afectados por actos ilícitos o arbitrarios cometidos en su contra por la acción u omisión de dicho funcionario , puedan hacer valer sus derechos”, indica el acuerdo.
El diputado sonorense Onésimo Mariscales Delgadillo señaló por su parte que Molinar Horcasitas ha violado la constitución en forma grave en contra de los sonorenses en dos ocasiones una en el caso de la guardería ABC y otra cuando privó del libre tránsito a los sonorenses del sur del estado.
“Cuando era titular del IMSS y ahora como Secretario de la SCT, juro cumplir y hacer cumplir la Constitución y no lo ha hecho, el hecho de que el Gobierno Federal ha tratado de inculpar a funcionarios estatales, municipales, servidores públicos menores, es solo una cortina de humo para proteger a Molinar Horcasitas, que es el único responsable de los lamentables hechos”, señaló.
La Junta de Coordinación Política instruyó a la Dirección Jurídica, a la Dirección de Procesos Legislativos y al Centro de Estudios Jurídicos Legislativos de la Cámara de Diputados para que proporcionen, en un plazo de cinco días hábiles, “opinión, información y valoraciones técnicas legislativas y jurídicas sobre el procedimiento a seguir”.
El proceso conduce a la aplicación de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y de la Constitución, por lo que de concretarse Molinar Horcasitas puede alcanzar sanciones administrativas e incluso penales.
El diputado José Luis Marcos León Perea señaló que estarán muy pendientes de este proceso, por lo pronto informo que los legisladores que integran la Comisión Especial de Tercerización de Servicios subrogados, estarán en Hermosillo este viernes 25 de junio, para reunirse con padres de familia afectados por el caso del incendio de ABC y con su representante legal.